Resumen del Artículo 166

Artículo 166 del Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia. (codigo) — Convenios urbanísticos de planeamiento. Los convenios urbanísticos de planeamiento son aquellos que tengan por objeto la aprobación o modificación del planeamiento urbanístico.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 166

Los convenios urbanísticos de planeamiento son aquellos que tengan por objeto la aprobación o modificación del planeamiento urbanístico.

Norma publicada: 10 de febrero de 2016

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 166

¿Qué dice el Artículo 166 del codigo?

Convenios urbanísticos de planeamiento. Los convenios urbanísticos de planeamiento son aquellos que tengan por objeto la aprobación o modificación del planeamiento urbanístico.

¿El Artículo 166 del codigo está vigente?

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¿Dónde se ubica el Artículo 166 dentro del codigo?

Forma parte del articulado del Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia..

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 166?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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