Resumen del Artículo 165

Artículo 165 del Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia. (codigo) — Situaciones del personal laboral. Las situaciones del personal laboral se rigen por el Estatuto de los Trabajadores y por los convenios colectivos que le sean de aplicación. Los convenios colectivos podrán determinar la aplicación de este título al personal incluido en su ámbito…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 165

Las situaciones del personal laboral se rigen por el Estatuto de los Trabajadores y por los convenios colectivos que le sean de aplicación. Los convenios colectivos podrán determinar la aplicación de este título al personal incluido en su ámbito de aplicación en lo que resulte compatible con el Estatuto de los Trabajadores.

Norma publicada: 29 de abril de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 165

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 165?

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