Resumen del Artículo 36

Artículo 36 del Ley 2/2002, de 17 de abril, de Salud. (codigo) — Clasificación o régimen jurídico del personal del Sistema. La clasificación o régimen jurídico del personal del Sistema Público de Salud de La Rioja, y de los organismos o entidades adscritas o que lo conformen, se regirán por las disposiciones que respectivamente le sean…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 36

La clasificación o régimen jurídico del personal del Sistema Público de Salud de La Rioja, y de los organismos o entidades adscritas o que lo conformen, se regirán por las disposiciones que respectivamente le sean aplicables, atendiendo a su procedencia y a la naturaleza de su relación de empleo.

Norma publicada: 17 de abril de 2002

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 36

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 36?

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