Artículo 4Art 4
Son órganos superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias con competencia en materia de personal:
El Gobierno de Canarias.
El Consejero de la Presidencia.
El Consejero de Hacienda.
La Comisión de la Función Pública Canaria.
Norma publicada: 30 de marzo de 1987