Artículo 7
1. Todos los miembros de la comunidad escolar tienen el derecho a una buena convivencia y el deber de facilitarla.
2. Las reglas de convivencia en los centros educativos deben basarse genéricamente en los principios democráticos y específicamente en los principios y normas que se derivan de la presente ley.
Norma publicada: 10 de julio de 2009