Resumen del Artículo 532

Artículo 532 del Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra (Fuero Nuevo) (FNNav) — Ley 532. Pactos. En todo préstamo pueden convenirse plazos y condiciones, y asegurarse la restitución con garantías de cualquier clase. Plazo. Si no se ha pactado plazo para la restitución, se entiende que la obligación nace desde el primer momento, pero el juez podrá fijar un…

FNNavVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 532Ley 532

Ley 532.

Pactos. En todo préstamo pueden convenirse plazos y condiciones, y asegurarse la restitución con garantías de cualquier clase.

Plazo. Si no se ha pactado plazo para la restitución, se entiende que la obligación nace desde el primer momento, pero el juez podrá fijar un plazo equitativo para su cumplimiento.

Norma publicada: 1 de marzo de 1973

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 532

¿Qué dice el Artículo 532 del FNNav?

Ley 532. Pactos. En todo préstamo pueden convenirse plazos y condiciones, y asegurarse la restitución con garantías de cualquier clase. Plazo. Si no se ha pactado plazo para la restitución, se…

¿El Artículo 532 del FNNav está vigente?

El artículo 532 del FNNav está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 532 dentro del FNNav?

Se encuentra en la estructura: LIBRO IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 532?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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