Resumen del Artículo 457

Artículo 457 del Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra (Fuero Nuevo) (FNNav) — Ley 457. Pluralidad de objetos. Enajenándose varias fincas por un solo precio, podrá ejercitarse el retracto gentilicio solamente sobre las sujetas a él, a cuyo efecto se determinará la parte que a las mismas corresponda en el precio total. No podrá ejercitarse el retracto…

FNNavVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 457Ley 457

Ley 457.

Pluralidad de objetos. Enajenándose varias fincas por un solo precio, podrá ejercitarse el retracto gentilicio solamente sobre las sujetas a él, a cuyo efecto se determinará la parte que a las mismas corresponda en el precio total.

No podrá ejercitarse el retracto gentilicio sobre una o varias de las fincas enajenadas dejando de ejercitarlo sobre las demás sujetas a él.

Norma publicada: 1 de marzo de 1973

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 457

¿Qué dice el Artículo 457 del FNNav?

Ley 457. Pluralidad de objetos. Enajenándose varias fincas por un solo precio, podrá ejercitarse el retracto gentilicio solamente sobre las sujetas a él, a cuyo efecto se determinará la parte que a…

¿El Artículo 457 del FNNav está vigente?

El artículo 457 del FNNav está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 457 dentro del FNNav?

Se encuentra en la estructura: LIBRO III › CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 457?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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