Resumen del Artículo 435

Artículo 435 del Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra (Fuero Nuevo) (FNNav) — Ley 435. Concepto. Los derechos reales de sobreedificación y subedificación conceden a su titular la facultad de construir una o más plantas sobre un edificio o por debajo de éste, respectivamente, en un edificio ya existente o que se construyere con posterioridad. Ejercicio.…

FNNavVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 435Ley 435

Ley 435.

Concepto. Los derechos reales de sobreedificación y subedificación conceden a su titular la facultad de construir una o más plantas sobre un edificio o por debajo de éste, respectivamente, en un edificio ya existente o que se construyere con posterioridad.

Ejercicio. Para su ejercicio se requiere siempre, además de la correspondiente aprobación administrativa, la determinación de los derechos sobre los elementos comunes del inmueble, en relación con la naturaleza de la obra, la seguridad del edificio y las limitaciones legales. En todo caso, los propietarios, arrendatarios u otros usuarios del edificio deberán ser indemnizados de los daños y perjuicios que ocasione el ejercicio de estos derechos.

Norma publicada: 1 de marzo de 1973

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 435

¿Qué dice el Artículo 435 del FNNav?

Ley 435. Concepto. Los derechos reales de sobreedificación y subedificación conceden a su titular la facultad de construir una o más plantas sobre un edificio o por debajo de éste, respectivamente,…

¿El Artículo 435 del FNNav está vigente?

El artículo 435 del FNNav está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 435 dentro del FNNav?

Se encuentra en la estructura: LIBRO III › CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 435?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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