Resumen del Artículo 313

Artículo 313 del Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra (Fuero Nuevo) (FNNav) — Ley 313. Entre colegatarios. Entre los colegatarios llamados conjuntamente a los mismos bienes el derecho de acrecer se dará del mismo modo que entre los coherederos.

FNNavVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 313Ley 313

Ley 313.

Entre colegatarios. Entre los colegatarios llamados conjuntamente a los mismos bienes el derecho de acrecer se dará del mismo modo que entre los coherederos.

Norma publicada: 1 de marzo de 1973

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 313

¿Qué dice el Artículo 313 del FNNav?

Ley 313. Entre colegatarios. Entre los colegatarios llamados conjuntamente a los mismos bienes el derecho de acrecer se dará del mismo modo que entre los coherederos.

¿El Artículo 313 del FNNav está vigente?

El artículo 313 del FNNav está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 313 dentro del FNNav?

Se encuentra en la estructura: LIBRO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 313?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.