Resumen del Artículo 194

Artículo 194 del Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra (Fuero Nuevo) (FNNav) — Ley 194. Concepto. Son codicilos aquellos actos de última voluntad que, sin revocar el testamento, le adicionan algo o modifican sus disposiciones. Forma. Se otorgarán en cualquiera de las formas previstas para los testamentos y con los requisitos exigidos a las mismas.

FNNavVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 194Ley 194

Ley 194.

Concepto. Son codicilos aquellos actos de última voluntad que, sin revocar el testamento, le adicionan algo o modifican sus disposiciones.

Forma. Se otorgarán en cualquiera de las formas previstas para los testamentos y con los requisitos exigidos a las mismas.

Norma publicada: 1 de marzo de 1973

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 194

¿Qué dice el Artículo 194 del FNNav?

Ley 194. Concepto. Son codicilos aquellos actos de última voluntad que, sin revocar el testamento, le adicionan algo o modifican sus disposiciones. Forma. Se otorgarán en cualquiera de las formas…

¿El Artículo 194 del FNNav está vigente?

El artículo 194 del FNNav está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 194 dentro del FNNav?

Se encuentra en la estructura: LIBRO II › CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 194?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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