Artículo 25
1. El Parlamento Vasco ejerce la potestad legislativa, aprueba sus presupuestos e impulsa y controla la acción del Gobierno Vasco, todo ello sin perjuicio de las competencias de las Instituciones a que se refiere el artículo 37 del presente Estatuto.
2. El Parlamento Vasco es inviolable.
Norma publicada: 18 de diciembre de 1979