Resumen del Artículo 87

Artículo 87 del Estatuto de Autonomía de Extremadura (EAExt) — Financiación de nivelación. Sin perjuicio de la financiación básica citada y con el fin de corregir los desequilibrios territoriales, se transferirán a la Comunidad Autónoma los recursos financieros siguientes: a) Los afectos a las asignaciones de nivelación y los derivados del…

EAExtVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 87

Sin perjuicio de la financiación básica citada y con el fin de corregir los desequilibrios territoriales, se transferirán a la Comunidad Autónoma los recursos financieros siguientes:

a) Los afectos a las asignaciones de nivelación y los derivados del fondo, ambos regulados en el artículo 158 de la Constitución.

b) Los resultantes de los programas, fondos, iniciativas y cualesquiera otros instrumentos de financiación establecidos por la Unión Europea o con su aportación total o parcial, con respeto del principio de adicionalidad.

c) Los provenientes de la participación territorializada en fondos estatales establecidos por las Cortes Generales y relacionados con las competencias de la Comunidad Autónoma. La gestión de tales fondos corresponderá, en todo caso, a la Junta de Extremadura.

Norma publicada: 28 de enero de 2011

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 87

¿Qué dice el Artículo 87 del EAExt?

Financiación de nivelación. Sin perjuicio de la financiación básica citada y con el fin de corregir los desequilibrios territoriales, se transferirán a la Comunidad Autónoma los recursos financieros…

¿El Artículo 87 del EAExt está vigente?

El artículo 87 del EAExt está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 87 dentro del EAExt?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 87?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.