Resumen del Artículo 30

Artículo 30 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León (EACyL) — Atribuciones. Corresponde a la Junta de Castilla y León: 1. Ejercer el gobierno y administración de la Comunidad en el ámbito de las competencias que ésta tenga atribuidas. 2. Interponer recursos de inconstitucionalidad en los términos que establece el artículo 162.1.a) de la…

EACyLVigenteActualizado: 20 de abril de 2026

Artículo 30

Corresponde a la Junta de Castilla y León:

1. Ejercer el gobierno y administración de la Comunidad en el ámbito de las competencias que ésta tenga atribuidas.

2. Interponer recursos de inconstitucionalidad en los términos que establece el artículo 162.1.a) de la Constitución y suscitar, en su caso, conflictos de competencia con el Estado u otra Comunidad Autónoma, según lo previsto en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, personándose en estos últimos por acuerdo de las Cortes de Castilla y León o por propia iniciativa.

3. Ejercer cuantas otras competencias o atribuciones le asignen el presente Estatuto y las leyes.

Norma publicada: 30 de noviembre de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 30

¿Qué dice el Artículo 30 del EACyL?

Atribuciones. Corresponde a la Junta de Castilla y León: 1. Ejercer el gobierno y administración de la Comunidad en el ámbito de las competencias que ésta tenga atribuidas. 2. Interponer recursos de…

¿El Artículo 30 del EACyL está vigente?

El artículo 30 del EACyL está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 30 dentro del EACyL?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 30?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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