Resumen del Artículo veintinueve

Artículo veintinueve del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha (EACLM) — Uno. La región se organiza territorialmente en municipios y en provincias, que gozarán de autonomía para el gobierno y la gestión de sus respectivos intereses en el marco de la Constitución, del Estatuto y de la legislación general del Estado. Dos. En los términos previstos por…

EACLMVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo veintinueve

Uno. La región se organiza territorialmente en municipios y en provincias, que gozarán de autonomía para el gobierno y la gestión de sus respectivos intereses en el marco de la Constitución, del Estatuto y de la legislación general del Estado.

Dos. En los términos previstos por la Constitución, por Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha se podrá:

a) Reconocer la comarca dentro de cada provincia como entidad local con personalidad jurídica y demarcación propia.

b) Crear asimismo agrupaciones basadas en hechos urbanísticos y otros de carácter funcional con fines específicos.

c) Reconocer el hecho de comunidades supramunicipales, tales como las de Villa y Tierra, el Señorío de Molina y análogas.

Norma publicada: 10 de agosto de 1982

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo veintinueve

¿Qué dice el Artículo veintinueve del EACLM?

Uno. La región se organiza territorialmente en municipios y en provincias, que gozarán de autonomía para el gobierno y la gestión de sus respectivos intereses en el marco de la Constitución, del…

¿El Artículo veintinueve del EACLM está vigente?

El artículo veintinueve del EACLM está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo veintinueve dentro del EACLM?

Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo veintinueve?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.