Resumen del Artículo cincuenta

Artículo cincuenta del Estatuto de Autonomía de Canarias (EACan) — Los recursos de las Islas están constituidos por: a) Los establecidos en su legislación específica. b) Los establecidos en la legislación de régimen local. c) Los derivados del régimen económico-fiscal de Canarias. d) Las participaciones en los impuestos regionales, en las…

EACanVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo cincuenta

Los recursos de las Islas están constituidos por:

a) Los establecidos en su legislación específica.

b) Los establecidos en la legislación de régimen local.

c) Los derivados del régimen económico-fiscal de Canarias.

d) Las participaciones en los impuestos regionales, en las asignaciones o subvenciones estatales y en las transferencias procedentes del Fondo de Compensación Interterritorial, que puedan otorgarse por ley del Parlamento Canario.

e) Los que les asignen como consecuencia de las competencias que se les transfieran.

Norma publicada: 10 de agosto de 1982

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo cincuenta

¿Qué dice el Artículo cincuenta del EACan?

Los recursos de las Islas están constituidos por: a) Los establecidos en su legislación específica. b) Los establecidos en la legislación de régimen local. c) Los derivados del régimen…

¿El Artículo cincuenta del EACan está vigente?

El artículo cincuenta del EACan está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo cincuenta dentro del EACan?

Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía de Canarias.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo cincuenta?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.