Resumen del Artículo 99

Artículo 99 del Estatuto de Autonomía de Aragón (EAAra) — Marco de actuación. 1. Toda la riqueza, en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad, está subordinada al interés general. 2. La Comunidad Autónoma ejercerá las competencias de naturaleza económica que se le reconocen en el presente Estatuto de acuerdo con la…

EAAraVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 99

1. Toda la riqueza, en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad, está subordinada al interés general.

2. La Comunidad Autónoma ejercerá las competencias de naturaleza económica que se le reconocen en el presente Estatuto de acuerdo con la ordenación de la actividad económica general, los objetivos de política social y económica del Estado y dentro del pleno respeto a la libertad de empresa y competencia en el marco de la economía de mercado.

3. Las instituciones aragonesas velarán por el equilibrio territorial y desarrollo sostenible de Aragón y por la realización interna del principio de solidaridad, y orientarán su actuación económica a la consecución del pleno empleo y la mejora de la calidad de vida de los aragoneses.

Norma publicada: 20 de abril de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 99

¿Qué dice el Artículo 99 del EAAra?

Marco de actuación. 1. Toda la riqueza, en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad, está subordinada al interés general. 2. La Comunidad Autónoma ejercerá las competencias de naturaleza…

¿El Artículo 99 del EAAra está vigente?

El artículo 99 del EAAra está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 99 dentro del EAAra?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 99?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.