Artículo 69
Además de las competencias expresamente previstas por el presente Estatuto, la Comunidad Autónoma de Aragón ejercerá todas las funciones y facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial atribuya al Gobierno de España con relación a la Administración de Justicia en Aragón.
Norma publicada: 20 de abril de 2007