Resumen del Artículo 68

Artículo 68 del Estatuto de Autonomía de Aragón (EAAra) — Demarcación y planta judiciales. 1. Corresponde a la Comunidad Autónoma determinar los límites de las demarcaciones territoriales de los órganos jurisdiccionales. La capitalidad de las demarcaciones judiciales se fijará por ley de las Cortes de Aragón. 2. El Gobierno de Aragón…

EAAraVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 68

1. Corresponde a la Comunidad Autónoma determinar los límites de las demarcaciones territoriales de los órganos jurisdiccionales. La capitalidad de las demarcaciones judiciales se fijará por ley de las Cortes de Aragón.

2. El Gobierno de Aragón participará, de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la creación o transformación del número de secciones o juzgados en el ámbito de su territorio.

Norma publicada: 20 de abril de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 68

¿Qué dice el Artículo 68 del EAAra?

Demarcación y planta judiciales. 1. Corresponde a la Comunidad Autónoma determinar los límites de las demarcaciones territoriales de los órganos jurisdiccionales. La capitalidad de las demarcaciones…

¿El Artículo 68 del EAAra está vigente?

El artículo 68 del EAAra está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 68 dentro del EAAra?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 68?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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