Resumen del Artículo 112

Artículo 112 del Estatuto de Autonomía de Aragón (EAAra) — Cámara de Cuentas de Aragón. 1. La Cámara de Cuentas de Aragón es, sin perjuicio de las competencias que la Constitución atribuye al Tribunal de Cuentas, el órgano fiscalizador de la gestión económico-financiera, contable y operativa del sector público de la Comunidad Autónoma…

EAAraVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 112

1. La Cámara de Cuentas de Aragón es, sin perjuicio de las competencias que la Constitución atribuye al Tribunal de Cuentas, el órgano fiscalizador de la gestión económico-financiera, contable y operativa del sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Asimismo, fiscalizará la gestión económico-financiera, contable y operativa de las entidades locales del territorio aragonés, sin perjuicio de las competencias que en este ámbito ostente el Tribunal de Cuentas.

2. La Cámara de Cuentas de Aragón dependerá directamente de las Cortes de Aragón y ejercerá sus funciones por delegación de éstas.

3. Una ley de Cortes de Aragón regulará su composición, organización y funciones.

Norma publicada: 20 de abril de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 112

¿Qué dice el Artículo 112 del EAAra?

Cámara de Cuentas de Aragón. 1. La Cámara de Cuentas de Aragón es, sin perjuicio de las competencias que la Constitución atribuye al Tribunal de Cuentas, el órgano fiscalizador de la gestión…

¿El Artículo 112 del EAAra está vigente?

El artículo 112 del EAAra está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 112 dentro del EAAra?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 112?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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