Resumen del Artículo 142

Artículo 142 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (EAAnd) — Competencias del Tribunal Superior de Justicia. En todo caso, corresponde al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo previsto en las leyes estatales: 1.º Conocer de las responsabilidades que se indican en los artículos 101.3 y 122. 2.º Entender de los…

EAAndVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 142

En todo caso, corresponde al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo previsto en las leyes estatales:

1.º Conocer de las responsabilidades que se indican en los artículos 101.3 y 122.

2.º Entender de los recursos relacionados con los procesos electorales de la Comunidad Autónoma con arreglo a las leyes.

3.º Resolver, en su caso, los conflictos de jurisdicción entre órganos de la Comunidad Autónoma.

4.º Resolver las cuestiones de competencia entre órganos judiciales de Andalucía.

5.º Resolver los conflictos de atribuciones entre Corporaciones locales.

Norma publicada: 19 de marzo de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 142

¿Qué dice el Artículo 142 del EAAnd?

Competencias del Tribunal Superior de Justicia. En todo caso, corresponde al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo previsto en las leyes estatales: 1.º Conocer de las…

¿El Artículo 142 del EAAnd está vigente?

El artículo 142 del EAAnd está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 142 dentro del EAAnd?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 142?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.