Resumen del Artículo 22

Artículo 22 del Decreto Legislativo 1/2017, de 27 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Gestión de Emergencias. (codigo) — Promoción de la autoprotección. Las administraciones públicas vascas promoverán la cultura de la autoprotección, y especialmente la formación de organizaciones de autoprotección entre las empresas y entidades que realizan actividades de especial riesgo, facilitándoles…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 22

Las administraciones públicas vascas promoverán la cultura de la autoprotección, y especialmente la formación de organizaciones de autoprotección entre las empresas y entidades que realizan actividades de especial riesgo, facilitándoles asesoramiento y asistencia.

Norma publicada: 27 de abril de 2017

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 22

¿Qué dice el Artículo 22 del codigo?

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¿El Artículo 22 del codigo está vigente?

El artículo 22 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 22 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III › Sección 3.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 22?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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