Artículo Disposición final únicaDisposición final única
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente Decreto Legislativo y el Texto Refundido que se aprueba con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», entrarán en vigor el día 23 de abril de 2011.
Norma publicada: 22 de marzo de 2011