Resumen del Artículo 295

Artículo 295 del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas. (codigo) — Reparaciones extraordinarias. 1. Serán a cargo del usufructuario las reparaciones extraordinarias cuando los nudo propietarios fueran descendientes suyos. 2. En otro caso, serán a cargo del nudo propietario. El usufructuario está obligado a darle aviso cuando fuera urgente la…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 295

1. Serán a cargo del usufructuario las reparaciones extraordinarias cuando los nudo propietarios fueran descendientes suyos.

2. En otro caso, serán a cargo del nudo propietario. El usufructuario está obligado a darle aviso cuando fuera urgente la necesidad de hacerlas.

3. Si el nudo propietario hiciere las reparaciones extraordinarias, tendrá derecho a exigir al usufructuario el interés legal de la cantidad invertida en ellas mientras dure el usufructo. Si no las hiciere cuando fuesen indispensables para la subsistencia de la cosa, podrá hacerlas el usufructuario; pero tendrá derecho a exigir del nudo propietario, al concluir el usufructo, el aumento de valor que tuviese la cosa por efecto de las mismas obras. Si el nudo propietario se negase a satisfacer dicho importe, tendrá el usufructuario derecho a retener la cosa hasta reintegrarse con sus productos.

Norma publicada: 22 de marzo de 2011

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 295

¿Qué dice el Artículo 295 del codigo?

Reparaciones extraordinarias. 1. Serán a cargo del usufructuario las reparaciones extraordinarias cuando los nudo propietarios fueran descendientes suyos. 2. En otro caso, serán a cargo del nudo…

¿El Artículo 295 del codigo está vigente?

El artículo 295 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 295 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: LIBRO SEGUNDO › CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 295?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.