Resumen del Artículo 138

Artículo 138 del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas. (codigo) — Contenido económico. La administración y disposición de los bienes del pupilo tienen el mismo contenido que la gestión de los bienes de un hijo de su edad, con las modificaciones previstas en este título.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 138

La administración y disposición de los bienes del pupilo tienen el mismo contenido que la gestión de los bienes de un hijo de su edad, con las modificaciones previstas en este título.

Norma publicada: 22 de marzo de 2011

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 138

¿Qué dice el Artículo 138 del codigo?

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¿Dónde se ubica el Artículo 138 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: LIBRO PRIMERO › CAPÍTULO IV › Sección 2.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 138?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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