Artículo 57
La base liquidable especial del ahorro coincidirá con la parte especial del ahorro de la base imponible establecida en el artículo 54.
Norma publicada: 2 de junio de 2008
Resumen del Artículo 57
Artículo 57 del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas (codigo) — Base liquidable especial del ahorro. La base liquidable especial del ahorro coincidirá con la parte especial del ahorro de la base imponible establecida en el artículo 54.
La base liquidable especial del ahorro coincidirá con la parte especial del ahorro de la base imponible establecida en el artículo 54.
Norma publicada: 2 de junio de 2008
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Base liquidable especial del ahorro. La base liquidable especial del ahorro coincidirá con la parte especial del ahorro de la base imponible establecida en el artículo 54.
El artículo 57 del codigo está vigente.
Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IV.
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