Resumen del Artículo 57

Artículo 57 del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas (codigo) — Base liquidable especial del ahorro. La base liquidable especial del ahorro coincidirá con la parte especial del ahorro de la base imponible establecida en el artículo 54.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 57

La base liquidable especial del ahorro coincidirá con la parte especial del ahorro de la base imponible establecida en el artículo 54.

Norma publicada: 2 de junio de 2008

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 57

¿Qué dice el Artículo 57 del codigo?

Base liquidable especial del ahorro. La base liquidable especial del ahorro coincidirá con la parte especial del ahorro de la base imponible establecida en el artículo 54.

¿El Artículo 57 del codigo está vigente?

El artículo 57 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 57 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 57?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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