Resumen del Artículo 1

Artículo 1 del Convenio Económico Estado-Navarra (ConvEcNav) — Potestades de Navarra. En virtud de su régimen foral, Navarra tiene potestad para mantener, establecer y regular su propio régimen tributario. En el ejercicio de su actividad financiera, corresponden a Navarra las competencias que se le reconocen en la Ley Orgánica de…

ConvEcNavVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 1

En virtud de su régimen foral, Navarra tiene potestad para mantener, establecer y regular su propio régimen tributario. En el ejercicio de su actividad financiera, corresponden a Navarra las competencias que se le reconocen en la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.

Norma publicada: 26 de diciembre de 1990

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 1

¿Qué dice el Artículo 1 del ConvEcNav?

Potestades de Navarra. En virtud de su régimen foral, Navarra tiene potestad para mantener, establecer y regular su propio régimen tributario. En el ejercicio de su actividad financiera, corresponden…

¿El Artículo 1 del ConvEcNav está vigente?

El artículo 1 del ConvEcNav está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 1 dentro del ConvEcNav?

Forma parte del articulado del Convenio Económico Estado-Navarra.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 1?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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