Resumen del Artículo 48

Artículo 48 del Concierto Económico con el País Vasco (ConcEcPV) — Principios generales. Las relaciones financieras entre el Estado y el País Vasco se regirán por los siguientes principios: Primero. Autonomía fiscal y financiera de las instituciones del País Vasco para el desarrollo y ejecución de sus competencias. Segundo. Respeto de la…

ConcEcPVVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 48

Las relaciones financieras entre el Estado y el País Vasco se regirán por los siguientes principios:

Primero. Autonomía fiscal y financiera de las instituciones del País Vasco para el desarrollo y ejecución de sus competencias.

Segundo. Respeto de la solidaridad en los términos prevenidos en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía.

Tercero. Coordinación y colaboración con el Estado en materia de estabilidad presupuestaria.

Cuarto. Contribución del País Vasco a las cargas del Estado que no asuma la Comunidad Autónoma, en la forma que se determina en el presente Concierto Económico.

Quinto. Las facultades de tutela financiera que, en cada momento, desempeñe el Estado en materia de Entidades locales, corresponderán a las instituciones competentes del País Vasco, sin que ello pueda significar, en modo alguno, un nivel de autonomía de las Entidades locales vascas inferior al que tengan las de régimen común.

Norma publicada: 23 de mayo de 2002

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 48

¿Qué dice el Artículo 48 del ConcEcPV?

Principios generales. Las relaciones financieras entre el Estado y el País Vasco se regirán por los siguientes principios: Primero. Autonomía fiscal y financiera de las instituciones del País Vasco…

¿El Artículo 48 del ConcEcPV está vigente?

El artículo 48 del ConcEcPV está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 48 dentro del ConcEcPV?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II › Sección 1.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 48?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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