Resumen del Artículo 914

Artículo 914 del Código de Comercio (CCom) — Art. 914.

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 914

¿Qué dice el Artículo 914 del CCom?

Art. 914.

¿El Artículo 914 del CCom está vigente?

El artículo 914 del CCom está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 914 dentro del CCom?

Se encuentra en la estructura: LIBRO IV › Sección quinta.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 914?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.