CComVigenteActualizado: 16 de abril de 2026
Artículo 914Art 914
Norma publicada: 22 de agosto de 1885
Resumen del Artículo 914
Artículo 914 del Código de Comercio (CCom) — Art. 914.
Norma publicada: 22 de agosto de 1885
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Art. 914.
El artículo 914 del CCom está vigente.
Se encuentra en la estructura: LIBRO IV › Sección quinta.
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