CComVigenteActualizado: 16 de abril de 2026
Artículo 873Art 873
Norma publicada: 22 de agosto de 1885
Resumen del Artículo 873
Artículo 873 del Código de Comercio (CCom) — Art. 873.
Norma publicada: 22 de agosto de 1885
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Art. 873.
El artículo 873 del CCom está vigente.
Se encuentra en la estructura: LIBRO IV › Sección primera.
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