Resumen del Artículo 1757

Artículo 1757 del Código Civil (CC) — Los establecimientos de préstamos sobre prendas quedan, además, sujetos a los reglamentos que les conciernen.

CCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 1757Art 1757

Los establecimientos de préstamos sobre prendas quedan, además, sujetos a los reglamentos que les conciernen.

Norma publicada: 24 de julio de 1889

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 1757

¿Qué dice el Artículo 1757 del CC?

Los establecimientos de préstamos sobre prendas quedan, además, sujetos a los reglamentos que les conciernen.

¿El Artículo 1757 del CC está vigente?

El artículo 1757 del CC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 1757 dentro del CC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO IV › CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 1757?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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