Artículo 1723Art 1723
La responsabilidad de dos o más mandatarios, aunque hayan sido instituidos simultáneamente, no es solidaria si no se ha expresado así.
Norma publicada: 24 de julio de 1889
Resumen del Artículo 1723
Artículo 1723 del Código Civil (CC) — La responsabilidad de dos o más mandatarios, aunque hayan sido instituidos simultáneamente, no es solidaria si no se ha expresado así.
La responsabilidad de dos o más mandatarios, aunque hayan sido instituidos simultáneamente, no es solidaria si no se ha expresado así.
Norma publicada: 24 de julio de 1889
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La responsabilidad de dos o más mandatarios, aunque hayan sido instituidos simultáneamente, no es solidaria si no se ha expresado así.
El artículo 1723 del CC está vigente.
Se encuentra en la estructura: LIBRO IV › CAPÍTULO II.
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