Resumen del Artículo 1572

Artículo 1572 del Código Civil (CC) — El comprador con pacto de retraer no puede usar de la facultad de desahuciar al arrendatario hasta que haya concluido el plazo para usar del retracto.

CCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 1572Art 1572

El comprador con pacto de retraer no puede usar de la facultad de desahuciar al arrendatario hasta que haya concluido el plazo para usar del retracto.

Norma publicada: 24 de julio de 1889

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 1572

¿Qué dice el Artículo 1572 del CC?

El comprador con pacto de retraer no puede usar de la facultad de desahuciar al arrendatario hasta que haya concluido el plazo para usar del retracto.

¿El Artículo 1572 del CC está vigente?

El artículo 1572 del CC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 1572 dentro del CC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO IV › CAPÍTULO II › Sección segunda.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 1572?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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