Resumen del Artículo 626

Artículo 626 del Código Civil de Cataluña - Libro VI (Obligaciones y contratos) (CCCat-L6) — Concepto. Por el contrato de censal una persona transmite a otra la propiedad de bienes concretos o de una cantidad determinada de dinero, y esta última se obliga a pagar a una persona y a sus sucesores una prestación periódica en dinero por tiempo indefinido.

CCCat-L6VigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 626

Por el contrato de censal una persona transmite a otra la propiedad de bienes concretos o de una cantidad determinada de dinero, y esta última se obliga a pagar a una persona y a sus sucesores una prestación periódica en dinero por tiempo indefinido.

Norma publicada: 15 de febrero de 2017

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 626

¿Qué dice el Artículo 626 del CCCat-L6?

Concepto. Por el contrato de censal una persona transmite a otra la propiedad de bienes concretos o de una cantidad determinada de dinero, y esta última se obliga a pagar a una persona y a sus…

¿El Artículo 626 del CCCat-L6 está vigente?

El artículo 626 del CCCat-L6 está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 626 dentro del CCCat-L6?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO VI › Sección primera.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 626?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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