Resumen del Artículo Disposición transitoria undécima

Artículo Disposición transitoria undécima del Código Civil de Cataluña - Libro V (Derechos reales) (CCCat-L5) — Disposición transitoria undécima. Derechos de superficie. Los derechos de superficie constituidos sobre fincas situadas en Cataluña antes de la entrada en vigor del presente código se rigen por la legislación anterior que les era de aplicación.

CCCat-L5VigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición transitoria undécimaDisposición transitoria undécima

Disposición transitoria undécima. Derechos de superficie.

Los derechos de superficie constituidos sobre fincas situadas en Cataluña antes de la entrada en vigor del presente código se rigen por la legislación anterior que les era de aplicación.

Norma publicada: 10 de mayo de 2006

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria undécima

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición transitoria undécima?

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