Artículo 4
Cada libro del Código civil de Cataluña se divide en títulos, y éstos, en capítulos. Los capítulos pueden dividirse en secciones y éstas, eventualmente, en subsecciones.
Norma publicada: 30 de diciembre de 2002
Resumen del Artículo 4
Artículo 4 del Código Civil de Cataluña - Libro I (Disposiciones generales) (CCCat-L1) — Distribución interna. Cada libro del Código civil de Cataluña se divide en títulos, y éstos, en capítulos. Los capítulos pueden dividirse en secciones y éstas, eventualmente, en subsecciones.
Cada libro del Código civil de Cataluña se divide en títulos, y éstos, en capítulos. Los capítulos pueden dividirse en secciones y éstas, eventualmente, en subsecciones.
Norma publicada: 30 de diciembre de 2002
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Distribución interna. Cada libro del Código civil de Cataluña se divide en títulos, y éstos, en capítulos. Los capítulos pueden dividirse en secciones y éstas, eventualmente, en subsecciones.
El artículo 4 del CCCat-L1 está vigente.
Forma parte del articulado del Código Civil de Cataluña - Libro I (Disposiciones generales).
El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.
Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.