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Sentencia de 15 de noviembre de 2018, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo 1/648/2016, contra la Orden IET/2736/2015, de 17 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas para el año 2016.

BOE-A-2019-2·1 de enero de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una sentencia del Tribunal Supremo de España, específicamente de la Sala Tercera (Sección Tercera), con fecha 15 de noviembre de 2018. La sentencia resuelve el recurso contencioso-administrativo número 1/648/2016, interpuesto por la Generalitat de Catalunya. El objeto principal del recurso es la impugnación de la Orden IET/2736/2015, de 17 de diciembre, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Esta Orden establece los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas para el año 2016. La sentencia afecta principalmente al sector gasista, a las empresas que operan en él, a los consumidores de gas y a la Generalitat de Catalunya, que fue la parte recurrente. Indirectamente, afecta a la regulación del sector energético en España. Las disposiciones más relevantes son: Estimación parcial del recurso: El Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Generalitat de Catalunya. Declaración de nulidad: Se declara la nulidad del artículo 4 y de las letras i), j) y k) del apartado 4 del Anexo de la Orden IET/2736/2015. Esto significa que estas disposiciones específicas de la Orden quedan sin efecto legal. Imposición de costas:** Se impone el pago de las costas del proceso a las partes demandadas y codemandadas (presumiblemente el Estado y otras entidades relacionadas con el sector energético). En resumen, la sentencia anula parcialmente la Orden ministerial que regulaba los peajes y cánones del gas para 2016, lo que implica una modificación en la regulación del sector y potencialmente un impacto en los costes y la retribución de las actividades gasistas. La Generalitat de Catalunya logró que se anularan ciertos aspectos de la Orden que consideraba perjudiciales.

En el recurso contencioso-administrativo número 1/648/2016, instado por la Generalitat de Catalunya, contra la Orden IET/2736/2015, de 17 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas para el año 2016, la Sala Tercera, Sección Tercera, del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 15 de noviembre de 2018, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:

Primero.

Estimar el recurso contencioso-administrativo 1/648/2016, interpuesto por la Generalidad de Cataluña, contra la Orden IET/2736/2015 de 17 de diciembre, que establece peajes y cánones de acceso de terceros a instalaciones gasistas y retribución de actividades reguladas para 2016, declarando la nulidad del artículo 4 y de las letras i), j) y k) del apartado 4 del Anexo de la Orden impugnada.

Segundo.

Con imposición de las costas de este proceso a las partes demandada y codemandadas, en los términos señalados en el fundamento jurídico cuarto.

Don Eduardo Espín Templado.–Don José Manuel Bandrés Sánchez Cruzat.–Don Eduardo Calvo Rojas.–Doña María Isabel Perelló Domenech.–Don Diego Córdoba Castroverde.–Don Ángel Ramón Arozamena Laso.–Don Fernando Román García.–Firmado.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.