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Resolución de 9 de marzo de 2009, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso administrativo 2/491/2008, interpuesto ante la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, sección quinta, y se emplaza a los interesados en el mismo.

BOE-A-2009-4500·17 de marzo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General Técnica del Ministerio de la Presidencia de España, fechada el 9 de marzo de 2009. Objeto principal: La resolución tiene dos propósitos principales: 1. Remitir el expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso administrativo número 2/491/2008 al Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo (Sección Quinta). Este recurso fue interpuesto por Neoelectra El Grado, S. L. U. 2. Emplazar a los interesados en el Acuerdo del Consejo de Ministros impugnado para que se personen en el proceso judicial. A quién afecta: La resolución afecta principalmente a: Neoelectra El Grado, S. L. U.: La empresa que interpuso el recurso contencioso administrativo. El Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo (Sección Quinta): El órgano judicial que recibirá el expediente y tramitará el recurso. Todas las personas físicas y jurídicas a cuyo favor se hayan derivado o puedan derivarse derechos del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2007, y a quienes tengan un interés directo en el mantenimiento de dicho acuerdo. Disposiciones más relevantes: Se ordena la remisión del expediente administrativo al Tribunal Supremo, en cumplimiento del artículo 48 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Se emplaza a los terceros interesados para que comparezcan ante el Tribunal Supremo en un plazo de nueve días a partir de la notificación o publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 49 de la misma ley. El Acuerdo del Consejo de Ministros impugnado se refiere a la asignación individual de derechos de emisión de gases de efecto invernadero para el periodo 2008-2012. Esto indica que el recurso contencioso administrativo está relacionado con la regulación y asignación de derechos de emisión en el marco de la lucha contra el cambio climático.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa («BOE» de 14 de julio de 1998), y en cumplimiento de lo solicitado por el Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo (Sección Quinta), se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso administrativo en el encabezamiento citado, interpuesto por Neoelectra El Grado, S. L. , contra Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2007, por el que se aprueba la asignación individual de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, 2008-2012.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución. –El Secretario General Técnico del Ministerio de la Presidencia, Diego Chacón Ortiz.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.