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Resolución de 9 de julio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Autoridad Portuaria de Valencia.

BOE-A-2020-7976·16 de julio de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Subsecretaría que publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una Adenda al Convenio de Asistencia Jurídica entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Autoridad Portuaria de Valencia (APV). El objeto principal de la Adenda es modificar y prorrogar el convenio de asistencia jurídica existente entre ambas instituciones, firmado el 22 de mayo de 2018. La modificación se centra en ajustar la redacción de una cláusula para alinearla con el modelo tipo de convenio utilizado actualmente por la Abogacía General del Estado. Además, se prorroga el convenio por dos años adicionales, de acuerdo con lo estipulado en su cláusula quinta. Esta Adenda afecta directamente a la Abogacía General del Estado y a la Autoridad Portuaria de Valencia, ya que regula la asistencia jurídica que la primera presta a la segunda. Las disposiciones más relevantes son: Prórroga del convenio: Se extiende la vigencia del convenio de asistencia jurídica por dos años más. Modificación de la cláusula sexta: Se actualiza la redacción del primer párrafo de la cláusula sexta del convenio original. Modificación del anexo de la comisión de seguimiento: Se actualiza la composición de los miembros de la comisión de seguimiento, sustituyendo al Secretario General por el Jefe del Gabinete Jurídico o la Jefa de Apoyo Legal. Mantenimiento del resto del convenio: Se especifica que todas las demás cláusulas del convenio original permanecen vigentes. Entrada en vigor:** La Adenda entrará en vigor tras su inscripción en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector público estatal y su publicación en el BOE.

La Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado y el Presidente de la Autoridad Portuaria de Valencia, han suscrito una Adenda al convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de Justicia, Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado) y la Autoridad Portuaria de Valencia.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida Adenda como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 9 de julio de 2020.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Antonio J. Hidalgo López.

ANEXO

Adenda al Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de Justicia, Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado) y la Autoridad Portuaria de Valencia

27 de mayo de 2020.

REUNIDOS

De una parte, la Sra. doña Consuelo Castro Rey, en su condición de Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 716/2018, de 29 de junio, BOE n.º 158; en virtud de Orden JUS/125/2019, de 5 de febrero, por la que se delegan competencias, actuando en nombre y representación de la Administración General del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61 k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

De otra parte, el Sr. don Aurelio Martínez Estévez, actuando en nombre y representación de la Autoridad Portuaria de Valencia, con domicilio social en Avda. Muelle del Turia, s/n 46024 Valencia, y NIF Q4667047G, en su condición de Presidente, cargo para el que fue nombrado por Decreto 124/2015, de 31 de julio del Consell de la Generalitat Valenciana, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 14 de agosto de 2015, en virtud de la Orden FOM/1713/2015, de 3 de agosto.

MANIFIESTAN

Primero.

Que la Autoridad Portuaria de Valencia de acuerdo con lo establecido en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas y en el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, tiene actualmente suscrito un Convenio de Asistencia Jurídica, de fecha 22 de mayo de 2018, con la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.

Segundo.

Para ajustar la redacción de una cláusula del Convenio al modelo tipo de convenio de asistencia jurídica que utiliza en la actualidad la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, se hace preciso modificar la misma.

Tercero.

Que la cláusula quinta del Convenio de Asistencia Jurídica establece dos años como período de duración, así como la posibilidad de prorrogarse la vigencia del mismo como máximo por dos años más mediante acuerdo expreso de las partes adoptado antes de la finalización de dicho período de vigencia.

Es por ello que las partes

ACUERDAN

Primero.

La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Autoridad Portuaria de Valencia, convienen en modificar y prorrogar el Convenio de Asistencia Jurídica suscrito entre ambas el 22 de mayo de 2018.

Segundo.

Prorrogar el convenio de asistencia jurídica de 22 de mayo de 2018, por dos años más, de conformidad con lo dispuesto en su cláusula quinta.

Tercero.

El primer párrafo de la cláusula sexta queda redactado como sigue:

Cuarto.

El anexo relativo a la composición de los miembros de la comisión de seguimiento queda modificado por lo siguiente:

Donde dice: «El Secretario General. En la actualidad D. Luis Felipe Martínez», debe decir: «El Jefe del Gabinete Jurídico o la Jefa de Apoyo Legal».

Quinto.

En todo lo demás el Convenio de Asistencia Jurídica suscrito entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Autoridad Portuaria de Valencia, mantiene su vigencia.

Sexto.

La presente adenda surtirá efectos una vez sea inscrita en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector público estatal, y publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Y para que conste, y en prueba de conformidad, firman digitalmente la presente Adenda.–La Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado, Consuelo Castro Rey.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Valencia, Aurelio Martínez Estévez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.