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Resolución de 8 de octubre de 2009, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la Ley de Cataluña 14/2009, de 22 de julio, de aeropuertos, helipuertos y otras infraestructuras aeroportuarias.

BOE-A-2009-17951·10 de noviembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución que publica el Acuerdo de la Subcomisión Generalitat-Estado sobre la Ley catalana 14/2009, de aeropuertos. Afecta al Estado y a la Generalitat de Cataluña. Se acuerda iniciar negociaciones por discrepancias competenciales en los artículos 4.4 y 47 a 53 de la ley, designando un grupo de trabajo y comunicándolo al Tribunal Constitucional.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría de Estado, dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 8 de octubre de 2009.–El Secretario de Estado de Cooperación Territorial, Gaspar Carlos Zarrías Arévalo.

ANEXO

Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la Ley de Cataluña 14/2009, de 22 de julio, de aeropuertos, helipuertos y otras infraestructuras aeroportuarias

La Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, en su reunión celebrada el día 7 de octubre de 2009 ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias competenciales suscitadas en relación con los artículos 4.4 y 47 a 53 de la Ley de Cataluña 14/2009, de 22 de julio, de aeropuertos, helipuertos y otras infraestructuras aeroportuarias.

2.º Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Subcomisión la solución que proceda.

3.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, antes del próximo día 29 de octubre de 2009, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.