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Resolución de 8 de marzo de 2005, de la Secretaría General Técnica, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 1/59/2004, interpuesto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Cuarta), contra el Real Decreto 337/2004, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 28/2003, de 29 de septiembre, reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

BOE-A-2005-4009·10 de marzo de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General Técnica, dependiente de algún ministerio (no especificado en el texto), publicada el 8 de marzo de 2005. Su objeto principal es emplazar a los posibles interesados en defender la validez del Real Decreto 337/2004 ante el Tribunal Supremo. La resolución se emite en el contexto del recurso contencioso-administrativo número 1/59/2004, interpuesto por la Confederación Intersindical Gallega contra el mencionado Real Decreto. Este Real Decreto 337/2004 desarrolla la Ley 28/2003, que regula el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, también conocido como la "hucha de las pensiones". A quién afecta: La resolución afecta directamente a cualquier persona física o jurídica que tenga un interés legítimo en que el Real Decreto 337/2004 permanezca vigente y no sea anulado por el Tribunal Supremo. Estos "interesados" son emplazados a personarse como demandados en el proceso judicial. Disposiciones más relevantes: Emplazamiento: Se emplaza formalmente a los interesados a personarse ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Cuarta) para defender el Real Decreto impugnado. Plazo: Se establece un plazo de nueve días, contados a partir de la publicación de la resolución, para que los interesados se personen. Fundamento legal:** La resolución se basa en el artículo 49 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que establece el procedimiento para emplazar a los interesados en un recurso contencioso-administrativo. En resumen, la resolución es un trámite procesal que busca garantizar que todas las partes con un interés legítimo en el resultado del litigio tengan la oportunidad de defender sus intereses ante el Tribunal Supremo. El resultado del recurso contencioso-administrativo podría afectar la forma en que se gestiona el Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

En relación con el recurso contencioso-administrativo 1/59/2004, interpuesto por la Confederación Intersindical Gallega contra el Real Decreto 337/2004, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 28/2003, de 29 de septiembre, reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, en cumplimiento de lo solicitado por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, una vez remitido el expediente administrativo correspondiente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se acuerda emplazar a los posibles interesados en el mantenimiento de la disposición impugnada, a fin de que puedan personarse como demandados ante la referida Sala, en el plazo de los nueve días siguientes a la publicación de la presente Resolución.

Madrid, 8 de marzo de 2005.-El Secretario General Técnico, Francisco González de Lena Álvarez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.