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Resolución de 8 de agosto de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica la revisión salarial del Convenio colectivo de Gallina Blanca, SA -oficinas centrales y delegaciones comerciales-.

BOE-A-2012-11405·7 de septiembre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Empleo que aprueba y ordena la publicación de la revisión salarial del Convenio Colectivo de la empresa Gallina Blanca, S.A., específicamente para las oficinas centrales y delegaciones comerciales. La resolución afecta a todos los trabajadores incluidos dentro del ámbito de aplicación de dicho convenio colectivo. El objeto principal es oficializar el incremento salarial acordado por la Comisión Paritaria del Convenio, que representa tanto a la dirección de la empresa como a los trabajadores. Las disposiciones más relevantes incluyen: Aprobación y Registro: La Dirección General de Empleo ordena la inscripción de la revisión salarial en el registro correspondiente. Publicación: Se dispone la publicación de la revisión salarial en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para su conocimiento público y entrada en vigor. Incremento Salarial (1%): Se detallan los nuevos importes actualizados de diversos conceptos salariales y beneficios sociales, reflejando un incremento general del 1%. Esto incluye: Ayuda de formación. Complemento de seguridad para ventas. Prima de rendimiento personal para ventas. Dietas (desayuno, comida, cena). Ayuda por jubilación. Ayuda familiar. Ayuda para discapacitados. Valor de la hora extra (normal y festiva). Módulos de primas de rendimiento para ventas (por grupo). * Tablas salariales por nivel profesional (retribución mensual, pagas extras, retribución anual). En resumen, la resolución da validez legal al acuerdo de revisión salarial, garantizando su aplicación y conocimiento por parte de los trabajadores y la empresa.

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio colectivo de la empresa Gallina Blanca, S. A., oficinas centrales y delegaciones comerciales (código de convenio n.º 90002321011981), que fue suscrito con fecha 9 de julio de 2012 por la Comisión Paritaria del Convenio de la que forman parte los designados por la Dirección de la empresa en su representación y el Comité de empresa en representación de los trabajadores y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 8 de agosto de 2012.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

CONVENIO OFICINAS CENTRALES Y CENTROS ADSCRITOS INCREMENTO A CUENTA 2012 (1 %)

Artículo 21.

Ayuda formación: 15.871,01 euros.

Artículo 33.

Complemento seguridad ventas: 35,96 euros.

Artículo 34.

Prima rendimiento personal ventas: 2,91 euros.

Artículo 36.

Dietas:

Desayuno: 3,24 euros.

Comida: 15,15 euros.

Cena: 13,13 euros.

Artículo 41.

Ayuda jubilación 2760,62 euros.

Artículo 42.

Ayuda familiar:

Ayuda familiar resto personal: 19,17 euros.

Ayuda familiar personal delegaciones: 21,24 euros.

Artículo 43.

Ayuda discapacitados:

a) 311,82 euros.

b) 413,15 euros.

c) 520,26 euros.

ANEXO I

ANEXO II

Hora extra: 11,45 euros.

Hora extra festiva especial, plus costumer service/logística: 24,46 euros.

ANEXO V

Módulo primas de rendimiento personal de ventas:

Grupo B: 8.382,34 a 10.415,02 euros.

Grupo C: 11.465,99 a 16.761,88 euros.

Nivel profesional

Retribución mensual

–

Euros

Extra febrero

–

Euros

Extra agosto

–

Euros

Junio y noviembre

–

Euros

Retribución anual

–

Euros

Promotor

1.031,68

768,50

894,82

1.031,68

16.106,84

A

1.740,62

1.131,48

1.281,70

1.740,62

26.781,94

B

1.810,24

1.166,32

1.316,55

1.810,24

27.826,28

C

1.882,85

1.202,59

1.352,81

1.882,85

28.915,28

D

1.958,17

1.240,27

1.390,49

1.958,17

30.045,08

E

2.056,07

1.289,20

1.439,43

2.056,07

31.513,65

F

2.110,79

1.330,76

1.493,62

2.110,79

32.375,38

G

2.380,17

1.451,25

1.601,48

2.380,17

36.375,10

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.