resolucionVigente

Resolución de 7 de mayo de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrige error en la de 18 de marzo de 2010, por la que se registra y publican las tablas salariales definitivas para el año 2009 y las provisionales correspondientes al año 2010 del Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias.

BOE-A-2010-8221·22 de mayo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Esta resolución de la Dirección General de Trabajo corrige un error en la publicación de las tablas salariales definitivas de 2009 y provisionales de 2010 del Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias. Afecta a los trabajadores y empresas del sector, publicando las tablas salariales provisionales vigentes a partir del 1 de enero de 2010, incluyendo el salario base, plus convenio y total por categoría profesional, así como otros conceptos económicos. Se establece un anticipo a cuenta del 1% y una regularización según el IPC real de 2010 más una mejora del convenio.

Advertido error en las tablas salariales definitivas para el año 2009 y las provisionales correspondientes al año 2010 del Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias, registradas y publicadas por Resolución de la Dirección General de Trabajo, de 18 de marzo de 2010, en el BOE n.º 79, de 1 de abril de 2010.

Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación del citado error.

Publicar las tablas salariales provisionales vigentes a partir del 1 de enero de 2010 del Convenio colectivo de pastas alimenticias.

Madrid, 7 de mayo de 2010.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

NACIONAL

Convenio Colectivo de Pastas Alimenticias

Tablas salariales «provisionales» Vigentes a partir del 1.º de enero de 2010

(Anticipo a cuenta 1%, y a regularizar IPC Real año 2010 + 0,25% mejora Convenio)

Resto conceptos económicos del Convenio:

Plus sábados-domingos: 34,59 euros por día.

Ayuda matrícula: 95,10 euros.

Ayuda discapacitados: 159,39 euros mes.

Premio nupcialidad: 119,74 euros.

(*) Ayuda matrícula: 96,10 € + 0,44 céntimos de €, atrasos año 2009 = 96,54 €.

El anterior importe de 96,10 € resulta de aplicar lo siguiente: 95,15 € año 2009 + 1% anticipo a cuenta año 2010 = 96,10 €.

Observación: Importe real percibido en septiembre-octubre 2009 fue = a 94,71 € con la regularización del 0,8% IPC real año 2009 + 0,25% mejora convenio = 1,05% incremento, resulta que se tiene hacer efectivo los atrasos de 0,44 céntimos de €. (95,15 € - 94,71 €).

Nota: Si después de aplicar el IPC real correspondiente al año 2009 alguna de las categorías: Auxiliar Laboratorio, Auxiliar Administrativo o Telefonista, no hubieran alcanzado la cifra de 1.000 € al mes, por 15 pagas, serían automáticamente revisadas con efectos 31-12-2009, en el diferencial necesario para llegar a ese importe.

Resto conceptos económicos del Convenio:

Plus sábados-domingos: 34,96 euros por día.

Ayuda matrícula: 96,10 euros.

Ayuda discapacitados: 160,76 euros/mes.

Premio nupcialidad: 120,99 euros.

(*) Ayuda matrícula: 96,10 € + 0,44 céntimos de € atrasos año 2009 = 96,54 €.

El anterior importe de 96,10 € resulta de aplicar lo siguiente: 95,15 € año 2009 + 1% anticipo a cuenta año 2010 = 96,10 €.

Observación: Importe real percibido en septiembre-octubre 2009 fue = a 94,71 € con la regularización del 0,8% IPC real año 2009 + 0,25% mejora convenio = 1,05% incremento, resulta que se tiene hacer efectivo los atrasos de 0,44 céntimos de €. (95,15 € - 94,71 €).

Nota: Si después de aplicar el IPC real correspondiente al año 2009 alguna de las categorías: Auxiliar Laboratorio, Auxiliar Administrativo o Telefonista, no hubieran alcanzado la cifra de 1.000 € al mes, por 15 pagas, serían automáticamente revisadas con efectos 31-12-2009, en el diferencial necesario para llegar a ese importe.

Categoría profesional

Mensual

Salario base

Plus convenio

Total

Euros

Euros

Euros

I) De producción:

Oficial de 1.ª

802,07

464,53

1.266,60

Oficial de 2.ª

802,07

317,19

1.119,26

Ayudante

785,25

275,00

1.060,25

II) Acabado, envasado y empaquetado:

Oficial de 1.ª

802,07

464,53

1.266,60

Oficial de 2.ª

802,07

317,19

1.119,26

Ayudante

785,25

275,00

1.060,25

III) De oficios auxiliares:

Mecánicos

802,07

464,53

1.266,60

Chófer de 1.ª

802,07

464,53

1.266,60

Chófer de 2.ª

802,07

317,19

1.119,26

Carpintero

802,07

464,53

1.266,60

Repartidor

733,73

317,19

1.050,92

Electricista

802,07

464,53

1.266,60

IV) Peonaje:

Peón

704,89

317,19

1.022,08

Personal de limpieza

704,89

232,78

937,67

V) Subalternos:

Almacenero

802,07

464,53

1.266,60

Conserje

733,73

317,19

Cobrador

733,73

317,19

1.050,92

Basculero

733,73

317,19

1.050,92

Sereno

733,73

317,19

1.050,92

Mozo Almacén

704,89

317,19

1.022,08

Categoria profesional

Mensual

Salario base

Plus convenio

Total

Euros

Euros

Euros

Técnicos titulados:

Técnico Jefe

1.287,87

788,82

2.076,69

Técnico

1.085,53

535,87

1.621,40

Ayudante Técnico Sanitario

803,98

395,33

1.199,31

Técnicos no titulados:

Encargado General

1.085,53

788,82

1.874,35

Maestro de Fabricación

960,74

535,87

1.496,61

Encargado de Sección

857,94

535,87

1.393,81

Auxiliar Laboratorio

744,94

257,63

1.002,87

Administrativos:

Jefe Administrativo 1.ª

960,74

676,36

1.637,10

Jefe Administrativo 2.ª

960,74

535,87

1.496,61

Oficial Administrativo 1.ª

803,98

535,87

1.339,85

Oficial Administrativo 2.ª

803,98

358,76

1.162,74

Auxiliar Administrativo

744,94

257,63

1.002,57

Telefonista

744,94

257,63

1.002,57

Mercantiles:

Jefe de Ventas

960,74

676,36

1.637,10

Inspector de Ventas

857,94

535,87

1.393,81

Promotor

857,94

395,33

1.253,27

Vendedor con autoventa

803,98

358,76

1.162,74

Viajante

803,98

358,76

1.162,74

Corredor plaza

803,98

257,63

1.061,61

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.