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Resolución de 7 de enero de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre tablas salariales para el año 2008, correspondiente a la Comunidad Foral de Navarra remitido por la Comisión Paritaria del V Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.

BOE-A-2009-1080·22 de enero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de la Dirección General de Trabajo que registra y publica el acuerdo sobre las tablas salariales de 2008 en Navarra para el V Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas con fondos públicos. Afecta a las empresas y trabajadores del sector representados por las asociaciones empresariales ANEG y UECOE-Navarra y el sindicato SEPNA-FSIE, respectivamente. Se publican las tablas salariales detalladas por categorías profesionales, incluyendo el salario base y los trienios, tanto del convenio como los complementos forales.

Visto el texto del Acuerdo sobre tablas salariales para el año 2008 correspondiente a la Comunidad Foral de Navarra remitido por la Comisión Paritaria del V Convenio Colectivo de empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, dando cumplimiento a lo previsto en la Disposición Adicional Octava del citado Convenio (publicado en el «BOE» de 17-01-07) (Código de Convenio n.º 9908725), que fue suscrito con fecha 10 de octubre de 2008, de una parte por las asociaciones empresariales ANEG y UECOE-Navarra en representación de las empresas del sector y de otra por SEPNA-FSIE en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de enero de 2009.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

TABLAS SALARIALES-AÑO 2008

COD

Categoría profesional

SB Convenio

Cº Foral SB

Mes

Nav. 2008

Trienio Convenio

Cº Foral Trienio

Trienio Nav. 2008

Personal docente

1.1.1.

Prof. E. Infantil 1.º ciclo integrado.

1.510,98

0, 00

1.510,98

36,15

0,00

36,15

1.1.2.

Técnico 1.º ciclo integrado.

1.153,68

0, 00

1.153,68

31,30

0,00

31,30

1.2.1.

Prof. E. Infantil 2.º ciclo concertado.

1

519,80

527,47

2.047,27

36,36

5,59

41,95

1.3.1.

Prof. E. Primaria.

1.519,80

527,47

2.047,27

36,36

5,59

41,95

1.4.A.1.

Prof. 1.º y 2.º curso ESO.

1.519,80

513,03

2.032,83

36,36

36,36

1.4.B.1.

Pro. 3.º y 4.º curso ESO.

1.784,73

526, 50

2.311,23

45,84

6,60

52,44

1.5.1.

Prof. Bachiller.

1.784,73

526, 50

2.311,23

45,84

6,60

52,44

1.6.1

.

Profesor FPE GM, FPE GS, PGS.

1.784,73

526, 50

2.311,23

45,84

4,92

50,76

1.6.2.

Prof. Adjunto, Agragado o Auxiliar FPE GM, FPE GS,PGS.

1.615,19

537,36

21.521,55

45,84

3,53

49,37

Complemento Bachillerato.

74,75

13,06

87,81

Complemento 3.º y 4.º c. ESO foral.

87,81

87,81

Compl. FPE GM, FPE GS, PGS foral.

87,81

87,81

Complemento 1.º Y 2.º curso ESO-Maestros (diplomados).

132,47

132,47

5,77

5,77

Complemento 1.º Y 2.º curso ESO-Licenciados.

132,47

132,47

4,74

1,03

5,77

Personal no docente

Administración

2.2.1.

Jefe Administración o Secretaría.

1.184,25

422, 00

1.606,25

36,55

5,57

42,12

2.2.2.

Jefe Negociado.

997,33

355,36

1.352,69

31,22

4,77

35,99

2.2.3.

Oficial. Contable.

951,51

339,07

1.290,58

30,86

4,70

35,56

2.2.4.

Recepcionista. Telefonista.

832,82

296,99

1.129,81

30,86

4,70

35,56

2.2.5.

Auxiliar Administrativo.

832,82

296,99

1.129,81

30,86

4,70

35,56

Personal auxiliar

2.2.1.

Cuidador.

869,86

290,45

1.160,31

30,86

4,70

35,56

Servicios Generales

Portería y vigilancia

2.3.A.1.

Conserje.

997,16

333,01

1.330,17

30,86

4,70

35,56

2.3.A.2.

Portero.

869,86

290,45

1.160,31

30,86

4,70

35,56

2.3.A.3.

Guarda. Vigilante.

832,82

267,51

1.100,33

30,86

4,70

35,56

Personal de limpieza

2.3.B.1.

Gobernante.

997,16

333,01

1.330,17

30,86

4, 70

35,56

2.3.B.2.

Empl. Serv. Limpieza, costura, lavado y plancha.

832,82

267,51

1.100,33

30,86

4,70

35,56

Personal cocina y comedor

2.3.C.1.

Jefe de cocina.

951,51

317,72

1.269,23

30,86

4, 70

35,56

2.3.C.2.

Cocinero.

906,95

302,85

1.209, 80

30,86

4, 70

35,56

2.3.C.3.

Ayudante de cocina.

869,86

290,45

1.160,31

30,86

4, 70

35,56

2.3.C.4.

Empleado servicio come

dor.

832,82

267,51

1.100,33

30,86

4, 70

35,56

Pers. Mant. y Of. Generales

2.3.D.1.

Oficial primera de oficios.

951,51

317,72

1.269,23

30,86

4, 70

35,56

2.3.D.2.

Oficial segunda de oficios.

869,86

290,45

1.160,31

30,86

4, 70

35,56

2.3.D.4.

Empleado de mantenimiento, jardín y oficios varios.

832,82

267,51

1.100,33

30,86

4, 70

35,56

Conductores

2.3.E.

Conductores.

951,51

317,72

1.269,23

30,86

4, 70

35,56

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.