Visto el contenido de las tablas salariales actualizadas del año 2005 y las correspondientes al año 2006 del Convenio Colectivo del Sector de Fabricación del Calzado Artesano Manual y Ortopedia y a Medida y Talleres de Reparación y Conservación del Calzado Usado y Duplicado de Llaves (código de Convenio n.º 9906955) publicado en el BOE de 25 de julio de 2003, que ha sido suscrito de una parte por la Federación Nacional Profesional de Artesanos de Calzado (Reparación y Medida-Ortopedia en representación de las empresas del sector y de otra por las Organizaciones Sindicales FITEQA-CC.OO y FIA-UGT en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 7 de abril de 2006.-El Director General, Esteban Rodríguez Vera.
CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE FABRICACIÓN DEL CALZADO ARTESANO MANUAL Y ORTOPEDIA Y A MEDIDA, TALLERES DE REPARACIÓN Y CONSERVACIÓN DEL CALZADO USADO Y DUPLICADO DE LLAVES DE ÁMBITO ESTATAL AÑOS 2003-2006. REVISIÓN SALARIAL 2005
En Madrid, reunidos de una parte las centrales sindicales FITEQA-CCOO y FIA-UGT, en representación de las personas que trabajan, y en representación de las empresas del sector la Federación Nacional Profesional de Artesanos del Calzado, para proceder a la revisión salarial del año 2005, en función de lo previsto en el artículo 26 del vigente convenio colectivo 2003‑2006, acuerdan:
Proceder a la revisión de los salarios en un 1,7% resultante de la diferencia entre el IPC previsto por el gobierno para el año 2005 (2%) y el IPC real a 31/12/2005 (3,7%). Se adjuntan a la presente acta, las tablas salariales revisadas.
Lo firman a los efectos de su aplicación en las empresas del sector y de su traslado a la Dirección General de Trabajo a los efectos de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo acuerdan autorizar a la Organización Sindical de FIA-UGT, para que en representación de todas las partes registre el Acta de Acuerdo y Tablas salariales, de la revisión correspondiente al año 2005 del citado convenio.
Lo que así se manifiesta en este acto y se levanta la presente acta a los efectos legales oportunos. Sin más asuntos a tratar se levanta la sesión, siendo las 17 horas del 8 de marzo de 2006.
CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE FABRICACIÓN DEL CALZADO ARTESANO MANUAL Y ORTOPEDIA Y A MEDIDA, TALLERES DE REPARACIÓN Y CONSERVACIÓN DEL CALZADO USADO Y DUPLICADO DE LLAVES DE ÁMBITO ESTATAL PARA LOS AÑOS 2003-2006
En Madrid, a 8 de marzo de 2006, en el domicilio social de CCOO, siendo las 17 horas, se reúnen los interlocutores sociales de este convenio. Reunidos en representación de las empresas del sector, la Federación Nacional Profesional de Artesanos del Calzado y las centrales sindicales FIA-UGT y FITEQA-CCOO, para proceder al incremento salarial para el año 2006, en función de lo previsto en el artículo 24 del Convenio Colectivo del sector con vigencia 2003-2006, manifiestan lo siguiente:
Acuerdan proceder al incremento salarial en un 2,5%. Se firman las tablas correspondientes al citado año sujetas al incremento salarial pactado en el convenio colectivo.
La presente acta y las tablas se presentarán ante la Dirección General de Trabajo a los efectos de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo, acordamos autorizar a la Organización Sindical de FIA-UGT, para que en representación de todas las partes registre el acta de acuerdo y las tablas salariales correspondientes al año 2006 del citado convenio.
Lo que así se manifiesta en este acto y se firma la presente acta, a los efectos legales oportunos, sin más asuntos que tratar se levanta la sesión, siendo las 17 horas del día de la fecha y lugar mencionado. Se aprueba y rubrican en nombre de las organizaciones representadas:
Tablas salariales IPC revisado 2005
Reparación del Calzado
Personal Administrativo Retribución mensual
Salario base mes
Plus Convenio mes
Beneficios mes
Salario mes
Extra julio+dici.
Total anual
Oficial de primera
850,08
85,01
98,19
1.033,28
1.870,19
14.269,58
Oficial de segunda
776,60
77,66
89,70
943,96
1.708,53
13.036,02
Auxiliar
672,29
67,23
77,65
817,16
1.479,03
11.284,94
Aprendiz de 16 a 21 años
434,31
43,43
50,16
527,89
955,47
7.290,25
Personal de Oficio Retribución diaria
Salario base día
Plus Convenio día
Beneficios mes
Salario mes
Extra julio+dici.
Total anual
Maestro de reparación
25,74
2,57
87,57
923,30
1.647,02
12.726,60
Guarnecedor
23,23
2,32
79,03
833,36
1.486,58
11.486,91
Oficial de primera
23,23
2,32
79,03
833,36
1.486,58
11.486,91
Oficial de segunda
22,83
2,28
77,70
819,25
1.461,41
11.292,40
Ayudante
21,68
2,17
73,75
777,69
1.387,26
10.719,47
Peón-Mozo-Per. limpieza
21,45
2,15
72,98
769,48
1.372,62
10.606,30
Aprendiz de 16 a 21 años
14,74
1,47
50,15
528,80
943,30
7.288,96
Personal de Comercio Retribución mensual
Salario base mes
Plus Convenio mes
Beneficios mes
Salario mes
Extra julio+dici.
Total anual
Recepcionista
672,29
67,23
77,65
817,16
1.479,03
11.284,90
Aspirante recepción (16-18)
622,66
62,27
71,92
756,83
1.369,83
10.451,84
Medida-Ortopedia
Personal Retribución mensual
Salario base mes
Plus Convenio mes
Beneficios mes
Salario mes
Extra julio+dici.
Total anual
Hormero
1.003,12
100,31
115,86
1.219,30
2.206,87
16.838,46
Encargado de sección
849,95
85,00
98,17
1.033,11
1.869,88
14.267,19
Personal de Oficio Retribución diaria
Salario base día 2004
Plus Convenio día 2004
Beneficios mes 2004
Salario mes 2004
Extra julio+dici. 2004
Total anual
Patronista
30,64
3,06
104,27
1.099,44
1.961,20
15.154,38
Maestro de mesilla
25,74
2,57
87,58
923,42
1.647,22
12.728,27
Subencargado de sección
24,88
2,49
84,66
892,63
1.592,30
12.303,87
Cortador
23,97
2,40
81,55
859,79
1.533,72
11.851,19
Oficial de primera
23,97
2,40
81,55
859,79
1.533,72
11.851,19
Guarnecedor
23,23
2,32
79,03
833,36
1.486,58
11.486,91
Oficial de segunda
23,05
2,30
78,43
826,97
1.475,18
11.398,84
Especialista
21,67
2,17
73,75
777,69
1.387,26
10.719,47
Peón-Mozo-Per. limpieza
21,44
2,15
72,98
769,48
1.372,62
10.606,30
Aprendiz de 16 a 21 años
14,73
1,47
50,15
528,80
943,30
7.288,96
Tablas salariales 2006 (incremento 2,5%)
Reparación del Calzado
Personal Administrativo Retribución mensual
Salario base mes
Plus Convenio mes
Beneficios mes
Salario mes
Extra julio+dici.
Total anual
Oficial de primera
0,00
0,00
100,64
1.059,11
1.916,95
14.626,31
Oficial de segunda
796,02
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
Auxiliar
0,00
68,91
0,00
0,00
0,00
11.567,07
Aprendiz de 16 a 21 años
0,00
0,00
51,42
0,00
0,00
0,00
Personal de Oficio Retribución diaria
Salario base día
Plus Convenio día
Beneficios mes
Salario mes
Extra julio+dici.
Total anual
Maestro de reparación
26,38
0,00
89,76
946,38
1.688,19
13.044,77
Guarnecedor
23,81
2,38
0,00
854,19
1.523,74
11.774,09
Oficial de primera
23,81
2,38
0,00
854,19
1.523,74
11.774,09
Oficial de segunda
0,00
0,00
79,64
839,73
1.497,94
11.574,71
Ayudante
0,00
0,00
0,00
797,13
1.421,94
10.987,46
Peón-Mozo-Per. limpieza
0,00
2,20
74,81
788,71
1.406,93
10.871,46
Aprendiz de 16 a 21 años
0,00
0,00
51,41
542,02
966,88
7.471,18
Personal de Comercio Retribución mensual
Salario base mes
Plus Convenio mes
Beneficios mes
Salario mes
Extra julio+dici.
Total anual
Recepcionista
0,00
68,91
0,00
0,00
1.516,00
0,00
Aspirante recepción (16-18)
638,22
63,83
73,72
0,00
0,00
10.713,14
Medida-Ortopedia
Personal Retribución mensual
Salario base mes
Plus Convenio mes
Beneficios mes
Salario mes
Extra julio+dici.
Total anual
Hormero
1.028,20
102,82
0,00
1.249,78
0,00
17.259,42
Encargado de sección
871,20
87,12
0,00
0,00
1.916,63
14.623,87
Personal de Oficio Retribución diaria
Salario base día
Plus Convenio día
Beneficios mes
Salario mes
Extra julio+dici.
Total anual
Patronista
0,00
3,14
106,88
1.126,92
2.010,23
15.533,24
Maestro de mesilla
26,38
2,64
89,77
946,51
1.688,41
13.046,48
Subencargado de sección
25,51
2,55
0,00
914,95
1.632,11
12.611,47
Cortador
24,57
2,46
83,59
881,28
1.572,06
12.147,47
Oficial de primera
24,57
2,46
83,59
881,28
1.572,06
12.147,47
Guarnecedor
23,81
2,38
0,00
854,19
1.523,74
11.774,09
Oficial de segunda
23,63
0,00
80,39
847,65
1.512,06
11.683,82
Especialista
22,22
0,00
0,00
797,13
1.421,94
10.987,46
Peón-Mozo-Per. limpieza
21,98
2,20
74,81
788,71
1.406,93
10.871,46
Aprendiz de 16 a 21 años
15,10
0,00
51,41
542,02
966,88
7.471,18