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Resolución de 6 de mayo de 2019, de la Secretaría General Técnica, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 1/0000033/2019, interpuesto ante el Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, contra el Real Decreto 1517/2018, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, aprobado por el Real Decreto 424/2005, de 15 de abril.

BOE-A-2019-7261·15 de mayo de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Secretaría General Técnica emitida el 6 de mayo de 2019. Su objeto principal es emplazar a los interesados en el recurso contencioso-administrativo número 1/0000033/2019, interpuesto por Telefónica de España, S.A., ante la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. El recurso se dirige contra el Real Decreto 1517/2018, de 28 de diciembre, que modifica el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, aprobado por el Real Decreto 424/2005, de 15 de abril. La resolución afecta a cualquier persona o entidad que pueda tener un interés legítimo en el resultado del recurso contencioso-administrativo interpuesto por Telefónica contra el Real Decreto 1517/2018. La disposición más relevante es el emplazamiento en sí mismo. La resolución, en cumplimiento del artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, otorga un plazo de nueve días, a partir de la publicación de la resolución, para que los interesados se personen ante la Sala del Tribunal Supremo si desean participar en el proceso judicial. Esto significa que aquellos que consideren que el Real Decreto impugnado les afecta de alguna manera, tienen la oportunidad de defender sus intereses en el marco del recurso contencioso-administrativo. La no personación en el plazo indicado implica la pérdida de la oportunidad de participar activamente en el proceso judicial.

Conforme a lo ordenado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección tercera, del Tribunal Supremo en el recurso número 001/0000033/2019, interpuesto por Telefónica de España, S.A. contra el Real Decreto 1517/2018, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, aprobado por el Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, se procede mediante esta resolución a dar cumplimiento al trámite de emplazamiento a todos aquellos que se encuentren interesados en aquel, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a fin de que puedan personarse en los autos, si a su derecho conviniera, ante la referida Sala, en el plazo de los nueve días siguientes a la publicación de la presente resolución.

Madrid, 6 de mayo de 2019.–El Secretario General Técnico, José María Alonso Monforte.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.