3 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre y en el artículo 129. 05 de la cesión de cartera de la entidad Zurich Internacional (France) de nacionalidad francesa, a la entidad Zurich Insurance Ireland Limited de nacionalidad irlandesa. Se advierte que los contratos de seguro que asuman compromisos localizados en España, podrán ser rescindidos por los tomadores en el plazo de un mes desde la presente publicación teniendo derecho los tomadores al reembolso de la parte de prima no consumida.
-El Director General, Ricardo Lozano Aragües.