resolucionVigente

Resolución de 6 de abril de 2018, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica la revisión salarial para el año 2017 del VII Convenio colectivo de Decathlon España, SA.

BOE-A-2018-5310·18 de abril de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Empleo que aprueba y ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la revisión salarial para el año 2017 del VII Convenio Colectivo de Decathlon España, S.A. (código de convenio 90011522011998). El objeto principal de la resolución es dar validez legal y publicidad a la actualización de los salarios de los empleados de Decathlon España, S.A. para el año 2017, resultado de la negociación y acuerdo alcanzado por la Comisión Paritaria de Interpretación del VII Convenio Colectivo. Esta resolución afecta directamente a todos los trabajadores de Decathlon España, S.A. que estén cubiertos por el VII Convenio Colectivo, ya que establece las nuevas tablas salariales que se aplicarán retroactivamente desde el 1 de enero de 2017. Las disposiciones más relevantes son: Aprobación y Publicación: La Dirección General de Empleo ordena la inscripción y publicación de la revisión salarial en el BOE, lo que le otorga carácter oficial y obligatorio. Revisión Salarial 2017: Se formaliza la firma de la revisión salarial para el año 2017, con entrada en vigor el 1 de enero de 2017. Se incluyen las nuevas tablas salariales, especificando el precio/hora, la compensación por jornada flexible y la provisión para vacaciones. Precio/Hora: Se especifica que al precio hora se le ha detraído la parte proporcional correspondiente a las vacaciones y que incluye la retribución de los 14 días festivos anuales. Designación: Se designa a una persona para realizar las gestiones necesarias para la inscripción, registro y publicación del acuerdo. Comisión Paritaria:** Se menciona la composición de la Comisión Paritaria, integrada por representantes de la empresa y de los trabajadores (CC.OO., UGT y Grupo Independiente), que fueron los que firmaron el acuerdo de revisión salarial.

Visto el texto de la revisión salarial para el año 2017 del VII Convenio colectivo de la empresa Decathlon España, S.A. (código de convenio 90011522011998), publicado en el BOE de 27 de marzo de 2017, revisión que fue suscrita, con fecha 29 de junio de 2017, por la Comisión Paritaria de Interpretación de dicho Convenio, en la que están integrados, como firmantes del mismo, los designados por la Dirección de la empresa, en representación de esta, y los designados por el Comité intercentros, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo,

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 6 de abril de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN DEL VII CONVENIO COLECTIVO DE DECATHLON ESPAÑA, S.A.

Revisión salarial

Representación de los trabajadores:

Don Pedro Linares (CC.OO.).

Don Ricardo José Granel (UGT).

Don Manuel Carretero (Grupo Independiente).

Representación de la empresa:

Don Miguel Ruiz.

Don Samuel Miguélez García.

Doña Raquel Cuevas.

Reunidos en los locales de Decathlon España, S.A., sitos en San Sebastián de los Reyes (Madrid), siendo las 12:30 horas del día 29 de junio de 2017, reunidas las personas arriba relacionadas, todas ellas miembros de la Comisión Negociadora del VII Convenio Colectivo Decathlon España S.A., acuerdan:

1. Proceder en este acto, por todas las representaciones integrantes de la Comisión de Interpretación del VII Convenio Colectivo Decathlon España S.A.U., a la firma de la revisión salarial para el año 2017 resultante del VII Convenio Colectivo de Decathlon España, S.A.U., informando a la autoridad laboral de la entrada en vigor, con fecha 1 de enero de 2017, de las nuevas tablas salariales para el citado ejercicio.

* Incluye plus/compensación por la posibilidad de realización jornada flexible de los tiempos completos a que se refiere el artículo 29, párrafo segundo, del Convenio.

Al precio hora al que se hace referencia en esta tabla, se le ha detraído 31/365 partes, como provisión necesaria del periodo de vacaciones. Dicho precio hora incluye la retribución de los 14 días festivos anuales estipulados por el Estatuto de los Trabajadores. Por ello, los empleados a tiempo parcial deberán efectuar la totalidad de su base horaria sin detraer de la misma el prorrateo en horas correspondientes a esos festivos.

2. Se acuerda habilitar y designar a don Samuel Miguélez García para que proceda a realizar todas las gestiones y actuaciones necesarias para la inscripción, registro y posterior publicación del presente acuerdo.

Y sin nada mas que tratar, se levanta la sesión siendo las 13:00 horas de la fecha anteriormente indicada.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.