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Resolución de 5 de julio de 2010, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso administrativo 1/274/2010, interpuesto ante la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, sección séptima, tramitado conforme al procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona, y se emplaza a los interesados en el mismo.

BOE-A-2010-11566·19 de julio de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Resumen del Documento Legal Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General Técnica del Ministerio de la Presidencia de España, con fecha 5 de julio de 2010. Su objeto principal es doble: primero, ordenar la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo número 1/274/2010 al Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima); y segundo, emplazar a los interesados en el caso a personarse ante dicho tribunal. A quién afecta: Principalmente, a Don Ángel Sáez Ruiz y otros, quienes interpusieron el recurso contencioso-administrativo. A todas las personas físicas y jurídicas que se vean afectadas por el Real Decreto 565/2010, ya sea porque derivan o derivarán derechos de él, o porque tienen un interés directo en su mantenimiento. En otras palabras, afecta a los beneficiarios del régimen de previsión de los Médicos de asistencia médico-farmacéutica y de accidentes de trabajo, cuyos derechos se determinan en el Real Decreto impugnado. Disposiciones Relevantes: Remisión del Expediente: Se ordena la remisión del expediente administrativo al Tribunal Supremo, cumpliendo con el artículo 116.1 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Emplazamiento a los Interesados: Se emplaza a los interesados a comparecer y personarse ante el Tribunal Supremo en un plazo de cinco días a partir de la notificación o publicación de la resolución, conforme al artículo 116.2 de la misma ley. Esto les permite defender sus intereses en el proceso judicial. Objeto del Recurso: El recurso contencioso-administrativo se interpone contra el Real Decreto 565/2010, que determina los derechos de los beneficiarios del régimen de previsión de los Médicos de asistencia médico-farmacéutica y de accidentes de trabajo tras la extinción de dicho régimen. Procedimiento Especial: El recurso se tramita conforme al procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona, lo que implica una mayor celeridad y protección de los derechos en juego.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 116.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, «BOE» de 14 de julio de 1998, y en cumplimiento de lo solicitado por el Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso- Administrativo (Sección Séptima), se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo en el encabezamiento citado, interpuesto por don Ángel Sáez Ruiz y otros, contra el Real Decreto 565/2010, de 7 de mayo, por el que se determinan los derechos que, como consecuencia de la extinción del régimen de previsión de los Médicos de asistencia médico-farmaceútica y de accidentes de trabajo, se reconocen a los beneficiarios del citado régimen.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 116.2 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de cinco días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.

Madrid 5 de julio de 2010.–El Secretario General Técnico del Ministerio de la Presidencia, Fernando Flores Jiménez.

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