resolucionVigente

Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica el ámbito territorial de determinadas unidades de recaudación ejecutiva de la Seguridad Social.

BOE-A-2022-21191·15 de diciembre de 2022·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida el 5 de diciembre de 2022 por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) de España. Objeto principal: La resolución modifica el ámbito territorial de determinadas Unidades de Recaudación Ejecutiva (URE) dependientes de las Direcciones Provinciales de la TGSS en varias provincias: Araba/Álava, Burgos, Castelló/Castellón, Córdoba, Girona, Madrid, València/Valencia, Bizkaia y Zaragoza. También actualiza la denominación oficial de algunos municipios y añade un municipio de nueva creación al ámbito de una URE. A quién afecta: Afecta principalmente a la organización interna de la TGSS, a las UREs mencionadas y, de forma indirecta, a los contribuyentes y empresas ubicados en los municipios cuyo ámbito territorial se ve modificado, ya que la URE responsable de sus expedientes de recaudación ejecutiva podría cambiar. Disposiciones más relevantes: Modificación del ámbito territorial: El anexo de la resolución detalla las modificaciones específicas del ámbito territorial de cada URE en las provincias mencionadas. Esto implica que la responsabilidad de la gestión de la recaudación ejecutiva en determinados municipios pasa de una URE a otra. Validez de los actos previos: Se establece que los actos y trámites del procedimiento de apremio realizados por una URE antes de la entrada en vigor de la resolución (1 de enero de 2023) son válidos y continuarán siendo gestionados por la URE que asuma la competencia tras la modificación. Actualización de denominaciones y adiciones: Se actualizan los nombres oficiales de algunos municipios y se incluye un nuevo municipio en el ámbito de una URE, asegurando la correcta identificación geográfica en los procedimientos de recaudación. Justificación: La resolución se justifica por la necesidad de mejorar la gestión recaudatoria en vía de apremio, redistribuir las plantillas de las UREs de forma equilibrada y, en algunos casos, reagrupar medios materiales y humanos. Entrada en vigor:** La resolución entra en vigor el 1 de enero de 2023.

La Resolución de 1 de diciembre de 1995, de la entonces Secretaría General para la Seguridad Social, determinó el ámbito territorial de las unidades de recaudación ejecutiva en las direcciones provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social. Dicho ámbito ha sido objeto de posteriores modificaciones, bien como consecuencia de sucesivas ampliaciones en el número de tales unidades, bien para la redistribución de sus plantillas y por necesidades de gestión, mediante diversas resoluciones de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Las necesidades de la gestión recaudatoria de la Seguridad Social en vía de apremio hacen conveniente y oportuno, en este momento, modificar la demarcación territorial de determinadas unidades de recaudación ejecutiva dependientes de las Direcciones Provinciales de esta Tesorería General de la Seguridad Social en Araba/Álava, Burgos, Castelló/Castellón, Girona, Madrid, València/Valencia, Bizkaia y Zaragoza, a fin de conseguir una mejor gestión del cargo asumido por ellas y una equilibrada redistribución de sus plantillas, habida cuenta de la progresiva disminución de estas, llevando a cabo, en algunos casos, un reagrupamiento de sus respectivos medios materiales y humanos en una misma sede física. Se modifica asimismo la sede de una de las unidades de recaudación ejecutiva dependientes de la Dirección Provincial de esta Tesorería General en Madrid.

Mediante esta resolución también se procede a actualizar la denominación oficial de varios municipios del ámbito territorial de las unidades de recaudación ejecutiva que van a ver modificada su demarcación territorial en las Direcciones Provinciales de esta Tesorería General en Castelló/Castellón y Bizkaia.

Asimismo, se procede a incluir un municipio de nueva creación en el ámbito territorial de una de las unidades de recaudación ejecutiva dependientes de la Dirección Provincial de esta Tesorería General en Córdoba.

Esta resolución se dicta de acuerdo con las atribuciones que esta Dirección General tiene conferidas por el artículo 4.2 de la Orden TAS/1562/2005, de 25 de mayo, por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo del Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.

En su virtud, esta Dirección General resuelve:

Primero.

El ámbito territorial de las unidades de recaudación ejecutiva dependientes de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social en Araba/Álava, Burgos, Castelló/Castellón, Córdoba, Girona, Madrid, València/Valencia, Bizkaia y Zaragoza, que figuran en el anexo de esta resolución, será el fijado en el mismo, modificándose en tal sentido el contenido de la Resolución de 1 de diciembre de 1995, por la que se determina el ámbito territorial de las unidades de recaudación ejecutiva en las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Segundo.

Las modificaciones del ámbito territorial de los distritos postales y de los partidos judiciales que puedan producirse no afectarán a las demarcaciones territoriales establecidas en esta resolución para las unidades de recaudación ejecutiva a las que se refiere, salvo que expresamente esta Dirección General disponga otra cosa al respecto.

Tercero.

Los actos y trámites del procedimiento de apremio efectuados por una unidad de recaudación ejecutiva antes de la fecha de efectos de esta resolución y que hayan de continuarse por otra de la misma dirección provincial de la Tesorería General, en virtud de la nueva distribución territorial que se establece, serán válidos y surtirán efectos en el procedimiento de apremio que siga esta última.

Cuarto.

Esta resolución surtirá efectos desde el día 1 de enero de 2023.

Madrid, 5 de diciembre de 2022.–El Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, Andrés Harto Martínez.

ANEXO

Nuevo ámbito territorial de determinadas unidades de recaudación ejecutiva de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social

01. Dirección Provincial de Araba/Álava

09. Dirección Provincial de Burgos

12. Dirección Provincial de Castelló/Castellón

14. Dirección Provincial de Córdoba

17. Dirección Provincial de Girona

28. Dirección Provincial de Madrid

46. Dirección Provincial de València/Valencia

48. Dirección Provincial de Bizkaia

50. Dirección Provincial de Zaragoza

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.