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Resolución de 4 de marzo de 2019, de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 166/2019, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima.

BOE-A-2019-5305·9 de abril de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Resumen de la Resolución de Emplazamiento Este documento es una Resolución de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, publicada el 4 de marzo de 2019. Su objeto principal es emplazar (notificar formalmente) a todos aquellos que puedan tener interés en el recurso contencioso-administrativo número 166/2019, que se está tramitando ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima. A quién afecta: La resolución afecta a todas las personas que puedan tener un interés legítimo en el resultado del recurso contencioso-administrativo interpuesto por Doña Andrea Márquez Estévez. Esto incluye, pero no se limita a, otros aspirantes que participaron en las pruebas selectivas para el acceso al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Disposiciones Relevantes: Origen del Recurso: El recurso contencioso-administrativo se interpuso contra una Resolución de la Subsecretaría del Ministerio del Interior que desestimó el recurso de alzada de Doña Andrea Márquez Estévez. Este recurso de alzada, a su vez, se originó por un Acuerdo del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el acceso al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias (convocadas en 2017). Concretamente, la controversia se centra en la calificación del segundo ejercicio de la fase de oposición. Plazo para Comparecer: La resolución otorga a los interesados un plazo de nueve días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación oficial de la resolución, para comparecer ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y defender sus intereses, si lo consideran oportuno. La comparecencia implica personarse en el procedimiento judicial y presentar los argumentos que consideren relevantes. Finalidad del Emplazamiento: El emplazamiento es un trámite procesal esencial para garantizar el derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva de todas las partes involucradas en el litigio. Permite que aquellos que puedan verse afectados por la decisión judicial tengan la oportunidad de participar en el proceso y hacer valer sus derechos. Responsabilidad: La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias cumple con la orden del Tribunal Superior de Justicia de Madrid al realizar este emplazamiento.

Conforme a lo ordenado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, en relación con el Procedimiento Ordinario 166/2019, instruido en base al recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por doña Andrea Márquez Estévez, contra la Resolución de la Subsecretaría del Ministerio del Interior, por la que se desestima el recurso de Alzada interpuesto por la recurrente, contra el Acuerdo de 2 de abril de 2018 del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el acceso al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, convocadas por Resolución 28 de noviembre de 2017, de la Subsecretaría del Ministerio del Interior, relativo a la calificación del segundo ejercicio de la fase oposición, se procede por medio de la presente al cumplimiento del trámite de la notificación de emplazamiento a todos aquellos que aparezcan interesados en el mismo, si a su derecho conviniera, disponiendo para ello de un plazo de nueve días, desde el día siguiente a la publicación oficial de la presente Resolución, ante el Órgano Jurisdiccional que lo ordenó.

Madrid, 4 de marzo de 2019.–El Secretario General de Instituciones Penitenciarias, Angel Luis Ortiz González.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.